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CURSO DE AYUDANTE DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS Requisitos necesarios para presentarse a esta oposición: 1º Poseer la nacionalidad española.
2º Tener 18 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación. 3º Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller, Técnico o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
4º No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de sus funciones.
5º No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas. Actividades que se desarrollan:
Vigilancia, seguridad y control del establecimiento y de reclusos.
Plazas convocadas en los últimos años:
En el año 2000 se convocaron 496 plazas.
En el año 2001 se convocaron 495 plazas. En el año 2002 se convocaron 465 plazas.
En el año 2003 se convocaron 600 plazas.
En el año 2004 se convocaron 627 plazas.
En el año 2005 se convocaron 650 plazas.
En el año 2006 se convocaron 800 plazas.
En el año 2007 se convocaron 950 plazas. En el año 2008 se convocaron 1.010 plazas. En el año 2009 se convocaron 1.123 plazas.
Categoría: Corresponde a la de funcionarios de carrera, grupo C1. TEMARIO:
- Temas de Organización del Estado y Administración Pública. - Temas de Derecho Penal.
- Temas de Derecho Penitenciario.
- Test psicotécnicos y de personalidad.
- Supuestos Prácticos. EXAMEN
La oposición constará de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:
Primer ejercicio: Consistirá en la evaluación de la aptitud de los aspirantes para obtener un adecuado rendimiento profesional, mediante pruebas que midan los factores aptitudinales. La duración de esta prueba, será la que resulte necesaria técnicamente para la realización de los test.
Nota: Los aspirantes que en la última convocatoria hubieran superado el primer ejercicio con la calificación de "Apto" y no aprobaran la oposición, estarán exentos de realizar este ejercicio en la siguiente convocatoria.
Segundo ejercicio consta de dos partes:
Primera parte: Prueba de conocimientos: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 125 preguntas tipo test sobre el temario, con una duración de 77 minutos.
Segunda parte: Prueba de casos prácticos: Consistirá en resolver por escrito 8 supuestos de carácter práctico, sobre los cuales el opositor deberá contestar a 5 preguntas tipo test por cada uno de ellos, en un tiempo máximo de 60 minutos.
Tercer ejercicio: Prueba de aptitud médica.
Nota: Se trata de una oposición a nivel nacional, pero que no incluye el ámbito territorial de Cataluña, al tener transferidas esta Comunidad las competencias al respecto. Cuadro de exclusiones médicas de Ayudante
de Instituciones Penitenciarias Visión: No se considerarán aptas aquellas personas cuya agudeza visual binocular, sin gafas o lentillas, sea menor a 0,33 (0,2 en el ojo de menor visión) y con gafas o lentillas sea inferior a 0,8. También serán excluidas las personas que padezcan:
1. Retinopatía. 2. Desprendimiento de retina o retinosis pigmentaria. 3. Diplopia.
4. Glaucoma. Hemianopsia.
5. Subluxación del cristalino, afaquia.
6. Distrofia corneal con disminución de la agudeza visual.
7. Queratitis crónica. Hemeralopia. Audición: No serán aptas aquellas personas que tengan una sordera completa de ambos oídos, o incompleta permanente, que produzca una disminución de agudeza auditiva por encima de los 35 dB (decibelios) en el oído de menor agudeza auditiva, en la zona tonal media.
Aparato locomotor: No serán aptas las personas que presenten:
1. Malformaciones o lesiones que incapaciten, limiten o comprometan permanentemente, el libre movimiento de cualquier articulación o que puedan disminuir la fuerza y agilidad de las extremidades, tronco y cuello o su repercusión estática. 2. Escoliosis con limitación importante para flexo-extensión. Hernia discal.
Endocrino: Serán excluidas aquellas personas que presente:
1. Diabetes tipo-I. 2. Delgadez extrema: con índice de masa corporal (IMC) inferior a 18. 3. Obesidad: con índice de masa corporal (IMC) superior a 34. Aparato digestivo: No serán aptas aquellas personas que padezcan:
1. Cirrosis hepática. 2. Enfermedad inflamatoria intestinal crónica. 3. Pancreatitis crónica. Aparato cardiovascular: No serán aptas las personas con:
1. Insuficiencia cardiaca. 2. Haber padecido infarto de miocardio o coronariopatía. 3. Arritmias: fibrilación auricular. Síndrome de preexcitación.
4. Valvulopatías y prótesis vavulares.
5. Aneurismas de grandes vasos.
6. Insuficiencias venosas periféricas, con signos de alteraciones tróficas y varicosas. Aparato respiratorio: No serán aptas aquellas personas que padezcan enfermedades neumológicas (pulmonares) que tengan repercusión en la función respiratoria. La función pulmonar se definirá por medio de la espirometría y serán excluidas las personas con una capacidad ventilatoria inferior al 80 % de las cifras de referencia.
Sistema nervioso central: No serán aptas las personas que presenten:
1. Parkinson. 2. Temblores crónicos. 3. Epilepsia.
4. Exclerosis múltiple.
5. Ataxia. Alteraciones psiquiátricas: No serán aptas las personas que presenten:
1. Esquizofrenia. 2. Trastorno bipolar. Delirio. 3. Depresión mayor.
4. Crisis de pánico o de angustia.
5. Trastorno de estrés postraumático.
6. Alteraciones de la personalidad: paranoide, esquizoide, antisocial o trastornos límite.
7. Trastornos afectivos (distimias). Controles analíticos: De sangre y orina:
1. Será causa de exclusión el consumo de alcohol en grado de abuso, que ocasiones alteraciones detectables en el análisis de sangre, con elevación de las trasaminasas hepáticas (GOT, GPT, GGT), junto con aumento del VCM, por encima de las cifras normales de referencia. En el caso de que presenten esas alteraciones, se realizarán pruebas complementarias. 2. Consumo de sustancias tóxicas: opiáceos, cannabis, cocaína, barbitúricos, anfetaminas, psicodislépticos, benzodiacepinas, estimulantes, antidepresivos (suero) y otros, que sean detectables (ellos o sus metabolitos), en el momento del reconocimiento, mediante analítica. 3. Todas personas que por prescripción facultativa estén siendo tratados con cualquier tipo de medicación, deberán presentar un informe médico oficial del especialista, justificando el tratamiento. Otras causas de exclusión: Serán excluidas las personas que presenten enfermedades transmisibles en actividad, hemopatías graves, malformaciones congénitas y otras patologías de cualquier órgano o sistema que, a juicio del Tribunal y previa propuesta del Médico colaborador, limiten o dificulten el desempeño de las tareas propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
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